- “En los procesos civiles todavía quedan privilegios que vienen de la época de la Colonia”, afirma Alejandro Romero.
- “A mí me preocuparía mucho si un abogado declarara como proyección anual que ganará el 90% de los juicios en el ejercicio. Cuando es un tercero el que decide, no es razonable que proyecte un porcentaje de éxito como meta”, dice refiriéndose a las metas de CDE.
Publicado por La Segunda, jueves 22 de diciembre de 2016
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) ha logrado que el 90% de las sentencias de asuntos contenciosos administrativos le sean favorables entre 2002 y 2015. Es decir, fueron muy pocos los casos en que el actuar del Estado estuvo fuera de la ley.
El año pasado, según estadísticas oficiales, “dicho organismo obtuvo un 94% de sentencias favorables, tres puntos más en comparación con el resultado del año anterior, superando el promedio de los tres últimos años”, resaltó el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, Alejandro Romero, en una carta enviada a El Mercurio.
-¿Qué hay detrás de estos logros?
-En general, la defensa fiscal chilena es bastante eficiente porque con poca gente y pocos recursos logra lo mismo que otros organismos dedicados a la defensa estatal, lo que es encomiable. Sin embargo, sería bueno saber cuánto de esta eficacia se debe a los privilegios legales que en algunos índices les permite ganar hasta el 100% de los casos, lo que, objetivamente, no puede ser.
– El Consejo indicó que su objetivo era ganar el 93% de los casos contenciosos administrativos y superó este objetivo. ¿Qué interpretación le da a esto?
– Ningún estudio jurídico es capaz de hacer una proyección de cuántas causas puede llegar a ganar a lo largo del año. A mí me preocuparía mucho si un abogado declarara como proyección anual que ganará el 90% de los juicios en el ejercicio. Cuando es un tercero el que decide, no es razonable que proyecte un porcentaje de éxito como meta. La ética forense no permite asegurar resultados a los clientes, menos en términos de porcentaje de éxito global de los asuntos que me encomienda.
Yo revisaría la composición de los tribunales. Muchas veces sucede que los integran miembros que han participado activamente en la defensa fiscal y objetivamente pueden ser más proclives a las tesis del Fisco. Se debería establecer una inhabilidad para que las personas que han estado vinculadas a la defensa estatal no puedan conocer las causas por un determinado tiempo como jueces, como es la tendencia que se abre paso en materia de probidad y modernización del Estado.
-¿Qué ventajas le parecen hoy más evidentes?
– Por ejemplo, el llamado trámite de consulta, a través del cual los fallos desfavorables al Fisco en lo patrimonial, son revisados por las cortes de apelaciones aunque el Estado no haya apelado o lo haya presentado fuera de plazo.
-¿Este tipo de beneficios también existen en la parte penal?
– No existen. El Estado de Chile cuando defiende intereses penales está en igualdad de armas. En cambio, en los procesos civiles todavía quedan estos privilegios que vienen de la época de la Colonia.
-¿Y en materia de prueba, qué ventaja existe?
-Son varias. Hay una que es digna de no creer. En la Ley de Superintendencia de Servicios Sanitarios se admite que el acta que levanta el fiscalizador tenga valor de presunción legal. Con eso, se le está permitiendo que dicte una ley a un funcionario. ¡Y eso, no puede ser! Se podría admitir que tenga valor de presunción, pero nunca legal. Eso es algo estrambótico.
-En estricto rigor, ese es un problema de los legisladores.
-Lo que pasa es que en Chile existe una mentalidad “fiscalista” muy fuerte.
“Nos han faltado humanizar los instrumentos procesales”
“El fisco tiene derecho a litigar y defender sus intereses, pero el problema se produce cuando se confunde el interés público con el particular, ya que no son equivalentes”, afirma este doctor de la Universidad de Navarra. “Como el fisco suele obtener una sentencia favorable en primera instancia, no tiene mayor interés en transar o negociar. Deberíamos estudiar mecanismos transparentes para que el Estado de Chile sea capaz de buscar salidas alternativas que descongestionen los litigios públicos, ya no sólo para los casos de salud, sino también para otros conflictos que afectan a los particulares. No se puede seguir pensando que la tramitación hasta el final de un juicio es el medio para evitar la corrupción. Hay muchos casos que podrían tener una solución más rápida por la vía extrajudicial.
-¿Por ejemplo?
-El fisco ha defendido judicialmente causas de derechos humanos o de faltas graves de las reparticiones públicas, en situaciones donde lo razonable era transar, sobre todo cuando están en juego los sentimientos de dolor de personas que sufrieron actos horrorosos y deben ser objeto de una reparación estatal. En algunos de esos casos, se podría decir, nos han faltado humanizar los instrumentos procesales y evitar litigar en temas que deben solucionarse extrajudicialmente.
-El problema es si el ahorro fiscal se produce cometiendo una injusticia o no.
-Ese es el punto. Hay que racionalizar el litigio público. Estamos esperando la reforma procesal civil, pero hay temas que podrían ser abordados ahora.