Los supuestos de los técnicos de la Reforma Tributaria que dividen a la economía en dos

  •  Un efecto relevante es que el proyecto ley pone una línea divisoria entre las empresas pequeñas y las grandes. Una compañía mediana que tiene ventas sobre el millón de dólares al año debe competir casi de igual a igual con una que vende mil millones de dólares. Esta lógica que intenta simplificar el régimen tributario es la que cruza a gran parte de la iniciativa.
  • También se pretende desincentivar el uso de múltiples sociedades para sacar ventajas tributarias,  “lo que todos deberían estar pensando es en fusionar lo más posible ” y reducir  las mallas, agrega una fuente de gobierno.

Publicado por El Mostrador Mercados,  lunes 21 de abril de 2014.

Los economistas de la Nueva Mayoría concluyeron que para que Chile sea un mejor país, se necesita que funcione de otra manera. ¿La fórmula? Cambiar el régimen tributario de un sistema percibido a uno devengado.  En fácil: que las personas paguen impuesto por las ganancias al momento en que se generan y no cuando se retiren o usufructen.

En octubre del año pasado, Andrea Repetto fue clarísima en un seminario de la auditora PWC, donde dijo: “Esta reforma va a quitar privilegios”; “sabemos que los impuestos afectan la forma de organizar la vida empresarial” y “el impuesto a la renta es progresivo sólo en el papel” . Quizás la declaración más desafiante fue cuando señaló: “Hay que hacer una reforma, aunque no recaudemos un solo peso más”, indicando que lo que se buscaba era eliminar la desigualdad.

En ese mismo encuentro, Repetto adelantó que el Fondo de Utilidades Tributables (FUT) se iba a eliminar, que el Impuesto de Primera Categoría aumentaría a 25%  y que la tasa máxima marginal del global complementario se rebajaría de 40% a 35%. Con el ingreso del proyecto al Congreso, se supo que el aumento del impuesto de Primera Categoría sería gradual y que además las sociedades anónimas tendrían que retener un 10% adicional a aquellos accionistas que son personas jurídicas.

¿Plata dulce o agria?

El convencimiento que hay detrás de estas afirmaciones –explica una fuente de Gobierno que elaboró el proyecto de Reforma Tributaria- es que Chile no es el Chile de los 80. En la actualidad, tiene un sistema financiero sano y cuenta con fuentes de financiamiento diversas y competitivas, dada su alta clasificación de riesgo. “Para que se haga una inversión, basta definir si es rentable o no. Si el proyecto es bueno, logrará financiarse”, explica.

Aunque la cosa no es tan fácil como parece. Juan Andres Fontaine a través de La Tercera,  usó como ejemplo a la Corporación del Cobre justo en los momentos en que el gobierno ha señalado su voluntad de capitalizarla, incluso haciendo uso del Fondo Soberano. “Si Codelco necesita capital para financiar sus proyectos, ¿qué queda para la gran empresa chilena, la mediana y pequeña?”, se preguntó Fontaine.

Mientras que Harald Beyer en la última publicación del Centro de Estudios Públicos (CEP) también dudó del supuesto de Hacienda: “Hay indudablemente un efecto directo (sobre la inversión) que tiene que ver con el hecho de que un alza en el impuesto a las empresas modifica el interés de llevar adelante proyectos de márgenes más reducidos y que se vuelven menos atractivos con el cambio. Aunque se piense que estos proyectos no son muchos y que el impacto de este desincentivo sobre la inversión es marginal…”

 Primer caído: el FUT

La fuente de gobierno descarta de plano que habrá un impacto negativo sobre la inversión, al tiempo que reconoce que sí lo habrá sobre el ahorro.  ¿Por qué? Porque el proyecto plantea eliminar el Fondo de Utilidades Tributables (FUT). Las utilidades retenidas que en la actualidad sólo pagan la tasa del Impuesto de Primera Categoría, mientras no se distribuyan, contribuyen a más de un tercio del ahorro nacional (proporción referida a las no financieras), según cifras del CEP.

Ese fondo acumula  un “ahorro” que supera los US$ 200 mil millones en tres décadas, de acuerdo a cifras de gobierno. Esta cantidad inimaginable es el principal argumento de  los economistas de la Nueva Mayoría para afirmar que es la vía de los más ricos para postergar los impuestos. “El FUT es un mecanismo de ahorro para los dueños del capital de empresas grandes y medianas”, señalan en el gobierno.

De hecho, Oscar Landerretche hizo el siguiente desglose este fin de semana en La Tercera: “Más de la mitad del FUT corresponde a especulación financiera, es decir, se usa básicamente para invertir en activos financieros y (…) se va incluso al exterior y se usa para otras cosas. La otra mitad del FUT, algo así como el 80%, son grandes empresas que tienen buen acceso al mercado de capitales internacional (…) y una parte muy pequeña son empresas pequeñas y medianas”.

Si eso es así, Beyer propone mantener el FUT y concentrarse más bien en cerrar las llaves que permiten que los recursos se desvíen a fines distintos de la inversión sin pagar los impuestos correspondientes. Incluso se aventura a conceder que se implementen “normas de tributación devengada sólo a las rentas pasivas de sociedades de inversión personal”. Reconoce eso sí que “esta flexibilidad puede lesionar, en el margen, el objetivo de tener un sistema tributario más progresivo”.

Las grandes cifras

La otra decisión que pesó a la hora de estructurar el proyecto, fue hacerse cargo de los grandes números. ¿Y dónde están los grandes números? En los sectores minero, forestal, agrícola  y pesquero, dice el técnico de gobierno. Por eso, los beneficios como la depreciación instantánea y acelerada para bienes usados y nuevos apuntan a las empresas productivas tradicionales y se extiende a sus dueños, y no a las de servicios que aportan poco a los ingresos del país y son intensivas en capital humano.

Esto va en línea con lo estimado por Bernardo Fontaine ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, donde  sostuvo que el proyecto de Reforma Tributaria apunta a 40 mil empresas (5% del total), las cuales son responsables de 6 millones  de empleos  y del 85% de las ventas.

Esa es la realidad de Chile, alega el técnico de gobierno. “Distinto es  plantearse si Chile debe ser un país de servicios y claro que se debe ir hacia ese objetivo, pero para ello hay que echar mano a las políticas sectoriales (vía Sence o Corfo) y no a beneficios tributarios”.  Esta idea se complementa con la decisión de Hacienda de maximizar el impacto redistributivo a través de gastos sociales bien focalizados como es la reforma a la educación.

Por eso, en el equipo económico hacen hincapié en que los temas de emprendimiento, de capital humano, de capital de riesgo, de productividad y de innovación serán encarados a través de políticas sectoriales coordinadas por el ministerio de Economía.  A ello se suma la agenda energética que prometen será potente. Todas ellas se conocerán durante la primera quincena de mayo.

 Una economía dividida en dos

Un efecto relevante que tendrá la Reforma Tributaria es que divide a Chile en dos: entre las empresas pequeñas y las grandes. Una compañía mediana que tiene ventas sobre el millón de dólares al año debe competir casi de igual a igual con una que vende mil millones de dólares. Por lo tanto, el crecimiento se hace más penoso para una empresa que está apenas por sobre ese límite.

Por eso, el abogado Jaime Carey Tagle propuso que una manera de compensar el término del FUT, es “ampliar el régimen 14 TER de la pequeña empresa a la mediana empresa , y permitir la rebaja de intangibles” en una carta escrita a El Mercurio.

Y es que aquellas definidas como pequeñas tendrán derecho a aplicar depreciación instantánea sobre los bienes físicos y las que son de mayor tamaño sólo podrán usar este beneficio durante el primer año de promulgada la Ley, luego ejerce la acelerada.

Dicho esto, al interior de la coalición de gobierno se señala que no se le ha dado la suficiente importancia de que en la norma del 14 TER  se eliminó el requisito de ser contribuyente de IVA, por lo tanto, una empresa que se dedica a servicios y que está exenta de pago de Impuesto al Valor Agregado, a partir de la reforma podrá ingresar a este tipo tratamiento que le dan una serie de ventajas si es que factura menos de UF 25.000.

Otro beneficio que gozarán las pequeñas es que podrán usar las nuevas normas de imputación temporal que a juicio de los redactores de la Reforma Tributaria han sido poco valoradas. En la norma 14 TER se señala que la factura se incorporará al Pago Provisional Mensual (PPM) sólo cuando ésta sea exigible, es decir, de acuerdo al plazo de pago del documento (por ejemplo: 90 o 120 días) y sólo cumplido ese plazo   se incorpora al PPM. Hoy se las obliga a contabilizar apenas se emita la factura, independiente del plazo de pago, lo que restringe el flujo. “Con esta nueva regla, si bien no se llega a base percibida, se acerca a un punto intermedio”, concluye el técnico.

Ergo: Fusionar y simplificar

Cuando se establece que el pago de impuestos es sobre base devengada, lo que se busca gravar es la Renta Líquida Imponible (RLI) y que el dueño pague la tasa efectiva que le corresponde ese año por lo ganado por su empresa.

Una de los artículos que provoca críticas es el hecho de que se haya elevado el impuesto de Primera Categoría de 20% a 25% y se obligue a retener un 10% al cierre de cada año, el cual se devolverá a los dueños de esas empresas en su declaración de impuestos.

En Hacienda se reconoce la posibilidad de que haya  un problema de liquidez para los accionistas minoritarios o accionistas, pero ese problema sólo lo tendrán aquellos que tienen una tasa efectiva superior al 25% y que no hayan recibido ningún flujo. Insisten que la inmensa mayoría se encuentra en el tramo que paga 25% o menos y serán objeto de devolución de impuestos.

Harald Beyer y otros analistas señalan que es posible que los accionistas demanden un flujo mayor de dividendos porque el incentivo a retener utilidades se reduce significativamente, ya que las empresas distribuyen sólo un tercio de sus utilidades tributables, de acuerdo a un estudio de Michel Jorratt, el actual director del Servicio de Impuestos Internos (SII), citado por el investigador del CEP.

Esta norma sólo se aplicará a las sociedades anónimas abiertas y los técnicos de Hacienda parten del supuesto que éstas aplicarán la retención del 10% cuando distribuyan los dividendos provisorios, por lo que el flujo de caja de la compañía se verá impactado por el alza a 25% en la Operación Renta de 2018, pero no por la retención del 10% ya que la restarán de los dividendos.

Esto puede aplicarse a las sociedades anónimas abiertas. Sin embargo, la industria de los fondos de inversión y de los fondos mutuos le han hecho ver al Gobierno que es muy difícil operacionalmente retener el 10% del impuesto al cierre de cada ejercicio, porque la mayoría funciona con distintos plazos para los rescates. De allí que algunos se manifestaran a favor de retener en el valor cuota diario, mensual o del período que se liquida si es que se sigue con la idea de capturar este porcentaje.

Sobre la situación de las otras sociedades, la fuente de gobierno indica que “la empresa individual pagará un 25% y no aplicará retención. Si es una sociedad limitada o una sociedad anónima cerrada, cuyos dueños son personas naturales,  tampoco opera. ¿Cuándo opera la retención del 10%? Cuando se trata de sociedades anónimas abiertas o sociedades limitadas o cerradas que sobre sí  tienen otras sociedades”.

La idea básica es que tras la Reforma Tributaria se desincentive el uso de múltiples sociedades para sacar ventajas tributarias, por lo tanto, “lo que todos deberían estar pensando es en fusionar lo más posible y simplificar las mallas”, agrega la fuente. Una idea que no se puede aplicar en todos los casos. Por ejemplo, las empresas aéreas o navieras deben crear una sociedad por nave a solicitud de los fabricantes y compañías de seguros porque se quiere aislar cada medio de transporte del riesgo que corren respecto del resto.  Tal como existe esta realidad específica, surgen muchas otras a lo largo de la lectura del proyecto de Reforma Tributaria, a lo que en Hacienda responden que hay un plazo de cuatro años para ir arreglando el empedrado.