Corte Suprema favorece la huelga sin derecho a reemplazo, ni siquiera con trabajadores internos

  • El fallo fue redactado por el ministro Carlos Cerda y define que la balanza se inclina “a favor del que cierra absolutamente toda suerte de reemplazo de los trabajadores en huelga”.

Los abogados laborales transmitieron la noticia rápidamente ayer. La Corte Suprema rechazó un recurso de unificación de jurisprudencia y determinó que las empresas no pueden reemplazar a trabajadores en huelga con personal interno.

La determinación del máximo tribunal pone una presión adicional al gobierno sobre la necesidad de incorporar este derecho dentro de su “agenda laboral” y es una clara señal de que los jueces no eludirán el tema. En momentos que dentro del ejecutivo no está suficientemente claro si se accederá o no a la demanda de la CUT que exige paralización de actividades, sin reemplazo de trabajadores.

La resolución se inscribe dentro de lo que el presidente de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, definió en la ENADE de la semana pasada, como la preocupación de este poder: la defensa de los derechos ciudadanos en materias  como medio ambiente, laboral y salud.

El fallo (rol 3514-2014) fue redactado por el ministro Carlos Cerda y no fue unánime. La cuarta sala del tribunal está integrada además por los ministros Juan Eduardo Fuentes, Ricardo Blanco, y los abogados integrantes Arturo Prado y Raúl Lecaros. Los dos últimos votaron en contra.

La mayoría, sin embargo, determinó rechazar la acción judicial en el juicio por tutela laboral presentada por el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Promolinks S.A. en contra de su empleador por prácticas antisindicales.

La resolución ratifica el sentencia de la Décima Sala Corte de Apelaciones de Santiago (rol 1579-2013)  que -integrada por los ministros Teresa Figueroa, Tita Aránguiz y la abogada integrante Andrea Muñoz- aplicó una multa de  150 UTM a la empresa por prácticas antisindicales, según se informa en la página web del Poder Judicial.

De acuerdo al fallo de la Corte Suprema, el derecho a huelga de los trabajadores a la luz de la legislación nacional e internacional es de carácter irrenunciable y se prohíbe cualquier legislación que considere abolirlo.

Concluyen que de la lectura del artículo 381 del Código del Trabajo, “la balanza se inclina en favor del que cierra absolutamente las puertas a toda suerte de reemplazo de los trabajadores en huelga, aún, por cierto, el consistente en traer desde otros lugares de la misma cadena en conflicto, trabajadores que releven a los paralizados”.
Los abogados Prado y Lecaros estuvieron a favor de acoger el recurso de unificación de jurisprudencia al considerar que las empresas tienen derecho a reemplazar a trabajadores con personal trasladado desde otras dependencias.

“Que, en consecuencia, en la situación fáctica de que dan cuenta estos antecedentes, esto es, que la denunciada trasladó empleados que le prestaban servicios en una de sus sedes, para que desempeñaran las funciones de los trabajadores que en ese momento se encontraban en huelga en otra u otras distintas, no se ha producido la figura que sanciona el artículo 381 del Código del Trabajo, desde que no se trata, como se dijo, de nuevas contrataciones.”, opinan los disidentes.

Para leer el fallo

Publicado por El Mostrador Mercados, viernes 5 de diciembre de 2014.

 

El estilo que Hacienda impondrá en la discusión de la Agenda Laboral

  • Alberto Arenas puede estar recogiendo opiniones de otras autoridades, pero tenderá a monopolizar esta iniciativa en las semanas que vienen, junto a su equipo de colaboradores en estas materias. Su foco es cautelar el crecimiento económico.
  • Fuentes informadas indican que el ministerio del Trabajo se muestra proclive a cumplir con los trabajadores antes de fin de año. En tanto que Hacienda pretende llegar a un acuerdo con los distintos actores empresariales y sindicales “tal vez” en diciembre y luego mandar un proyecto de ley o quizás más de uno.

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Destrabar es la consigna del Ministerio de Hacienda para las próximas semanas

  • En los días que vienen se preparan dos o tres anuncios en materia laboral, donde más que del contenido, hay que estar atentos a la forma en que se concordaron.
  • También se esperan medidas que faciliten la concreción de inversiones en proyectos que están en carpeta.

La sugerencia es una sola: “no mire los contenidos, preocúpese de la puesta en escena y del método que se aplica. Importa más la forma en que se llegó al acuerdo, más que los temas a que se refieren”.

Ese es el consejo que da un funcionario de gobierno cuando se le pregunta por las señales a tener en cuenta las próximas semanas en materia laboral. Se supone que en los días que vienen deberían haber dos o tres anuncios que no tienen que ver con la Reforma Laboral, pero que sí guardan relación con el mundo del trabajo. “Son avances” de lo que el Ejecutivo llama “la “agenda laboral” y cuya temática es más amplia que los 25 puntos que levanta como bandera de lucha la CUT.

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