El discurso de Jeffrey Sachs que remeció a los tecnócratas reunidos por el FMI

  • “Si piensan que los súper ciclos ya es una fase terminada, desenchufen CNBC y no vean las noticias. Puede que el petróleo esté en 70 dólares el barril, pero volverá a estar a US$ 100”, dijo de manera tranquilizadora.
  • “El sistema político norteamericano está controlado por los intereses corporativos y está corrompido. Uno saca una lección muy clara de eso: hay que sacar el dinero del circuito político”, señaló de manera crítica.
  • Advirtió que el cambio climático viene y golpeará duro a todas partes del mundo. América Latina tiene recursos naturales y población más pequeña que otras áreas y va a manejar mejor este cambio que países como Siria o Yemen.
  • “Quiero apoyar la educación universal para todos que impulsa la presidenta Michelle Bachelet porque es la clave para una sociedad más justa y para que ésta pueda aprovechar el mejor recurso que tiene como son las personas. Es la clave y llave del éxito democrático (…)”, resaltó.

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Corte Suprema favorece la huelga sin derecho a reemplazo, ni siquiera con trabajadores internos

  • El fallo fue redactado por el ministro Carlos Cerda y define que la balanza se inclina “a favor del que cierra absolutamente toda suerte de reemplazo de los trabajadores en huelga”.

Los abogados laborales transmitieron la noticia rápidamente ayer. La Corte Suprema rechazó un recurso de unificación de jurisprudencia y determinó que las empresas no pueden reemplazar a trabajadores en huelga con personal interno.

La determinación del máximo tribunal pone una presión adicional al gobierno sobre la necesidad de incorporar este derecho dentro de su “agenda laboral” y es una clara señal de que los jueces no eludirán el tema. En momentos que dentro del ejecutivo no está suficientemente claro si se accederá o no a la demanda de la CUT que exige paralización de actividades, sin reemplazo de trabajadores.

La resolución se inscribe dentro de lo que el presidente de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, definió en la ENADE de la semana pasada, como la preocupación de este poder: la defensa de los derechos ciudadanos en materias  como medio ambiente, laboral y salud.

El fallo (rol 3514-2014) fue redactado por el ministro Carlos Cerda y no fue unánime. La cuarta sala del tribunal está integrada además por los ministros Juan Eduardo Fuentes, Ricardo Blanco, y los abogados integrantes Arturo Prado y Raúl Lecaros. Los dos últimos votaron en contra.

La mayoría, sin embargo, determinó rechazar la acción judicial en el juicio por tutela laboral presentada por el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Promolinks S.A. en contra de su empleador por prácticas antisindicales.

La resolución ratifica el sentencia de la Décima Sala Corte de Apelaciones de Santiago (rol 1579-2013)  que -integrada por los ministros Teresa Figueroa, Tita Aránguiz y la abogada integrante Andrea Muñoz- aplicó una multa de  150 UTM a la empresa por prácticas antisindicales, según se informa en la página web del Poder Judicial.

De acuerdo al fallo de la Corte Suprema, el derecho a huelga de los trabajadores a la luz de la legislación nacional e internacional es de carácter irrenunciable y se prohíbe cualquier legislación que considere abolirlo.

Concluyen que de la lectura del artículo 381 del Código del Trabajo, “la balanza se inclina en favor del que cierra absolutamente las puertas a toda suerte de reemplazo de los trabajadores en huelga, aún, por cierto, el consistente en traer desde otros lugares de la misma cadena en conflicto, trabajadores que releven a los paralizados”.
Los abogados Prado y Lecaros estuvieron a favor de acoger el recurso de unificación de jurisprudencia al considerar que las empresas tienen derecho a reemplazar a trabajadores con personal trasladado desde otras dependencias.

“Que, en consecuencia, en la situación fáctica de que dan cuenta estos antecedentes, esto es, que la denunciada trasladó empleados que le prestaban servicios en una de sus sedes, para que desempeñaran las funciones de los trabajadores que en ese momento se encontraban en huelga en otra u otras distintas, no se ha producido la figura que sanciona el artículo 381 del Código del Trabajo, desde que no se trata, como se dijo, de nuevas contrataciones.”, opinan los disidentes.

Para leer el fallo

Publicado por El Mostrador Mercados, viernes 5 de diciembre de 2014.

 

¿Qué se dijo en el seminario: “Salvemos al capitalismo de los capitalistas: desafíos de la competencia en Chile”

  • El Fiscal Nacional Económico, Felipe Irarrázabal, dice que “la ley no nos deja solicitar información confidencial a las empresas” y ese es uno de los problemas que afrontan cuando realizan estudios de mercado. Entre los mercados no competitivos se encuentran “los notarios, 300 monopolios asignados en forma oscura”, apuntó el economista Claudio Agostini.
  • Para Agostini “el saber que uno puede terminar preso en un par de meses” es un incentivo a no coludirse, en tanto que el Fiscal  se mostró partidario a subir las multas. La abogado experta en este tipo de temas, Nicole Nehme, señaló que “tiene sentimientos encontrados al respecto”.
  • Los gremios empresariales nuevamente fueron cuestionados por José Antonio Guzmán, ex presidente de la CPC y de Habitat, quien dijo que éstos “se han encerrado en sí mismos y han impedido el ingreso de múltiples empresarios”.
  • Estas declaraciones las hicieron durante el seminario llamado “Salvando al capitalismo de los capitalistas: desafíos para la competencia en Chile”, organizado por la Escuela de Gobierno de la Universidad Adolfo Ibáñez y Fundación Horizontal.

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Caso Cascada: SVS sanciona a Ponce, Motta, Contesse, Guzmán, Le Blanc, Vial, Bulnes, Errázuriz y a la corredora Larraín Vial

Multas por US$ 164 millones fue lo que sancionó la Superintendencia de Valores y Seguros como conclusión de la investigación por el Caso Cascada. Tras formular cargos el 6 de septiembre de 2013 y el 30 de enero de este año, la SVS dio finalmente su veredicto.

En resumen, la Superintendencia señaló que este esquema de compra y venta de acciones a través de distintas sociedades, benefició directa y económicamente al presidente de las sociedades Cascada, Julio Ponce, y a personas cercanas a él que participaron de diversas formas.

El comunicado de la SVS es el siguiente:

SVS sanciona a personas, ejecutivos y corredora de bolsa en el marco de la investigación sobre Sociedades Cascada

La Superintendencia multó a los señores Julio Ponce Lerou, Aldo Motta Camp, Patricio Contesse Fica, Roberto Guzmán Lyon, Alberto Le Blanc, Leonidas Vial Echeverría, Manuel Bulnes Muzard, Felipe Errázuriz Amenábar y a Larrain Vial S.A. Corredora de Bolsa.

[02 de septiembre de 2014]La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) informa que, mediante Resolución N° 223 de 2 de septiembre de 2014, resolvió aplicar sanciones de multa que en su conjunto ascienden a UF 4.010.000 (aprox. US$164.000.000) en el marco del cierre de la investigación del denominado Caso Cascada. Ello, tras constatar una serie de infracciones a la Ley de Mercado de Valores y a la Ley de Sociedades Anónimas por actuaciones y operaciones que tuvieron lugar en el año 2010 -a partir de septiembre- y durante el año 2011.

Tras formular cargos el 6 de septiembre de 2013 y el 30 de enero del presente año, la Superintendencia decidió sancionar a determinadas personas relacionadas a las Sociedades Cascada (sociedades controladoras de la Sociedad Química y Minera de Chile S.A.: Norte Grande S.A., Oro Blanco S.A., Pampa Calichera S.A., Nitratos S.A. y Potasios S.A.), así como también a Larrain Vial S.A. Corredora de Bolsa y a ejecutivos y personas relacionadas a esta intermediaria.

Tras las respectivas formulaciones de cargos, el procedimiento administrativo que llevó adelante la SVS contempló la recepción de los descargos de las partes involucradas y, posteriormente, un periodo probatorio en el que se recibieron los antecedentes y testimonios que aportaron los involucrados, garantizando así su debida defensa.

Del análisis de más de un millón de transacciones bursátiles, esta Superintendencia pudo constatar la existencia de una secuencia de operaciones de compra y venta de acciones, con patrones comunes y reiterados en el tiempo y con el concurso de los mismos participantes, estableciéndose de esta forma la existencia de un esquema coordinado de operaciones.

Este esquema benefició directa y económicamente al presidente de las Sociedades Cascada, señor Julio Ponce Lerou, y a personas cercanas a él que participaron de diversas formas en dicho esquema, a través de Sociedades Relacionadas, Vinculadas e Instrumentales -en los términos que se definen en la Resolución-, todo en desmedro económico y contra el interés social de las Sociedades Cascada, las que, además, tenían otros inversionistas como los fondos de pensiones y fondos de inversión.
I. Relación de hechos


Sobre la base de diferentes hechos que tuvieron lugar entre los años 2008 y 2011, y que se desarrollaron tanto en el ámbito social de las Sociedades Cascada como en el ámbito bursátil, específicamente en operaciones con los títulos Calichera-A, Oro Blanco, Norte Grande, SQM-A y SQM-B, esta Superintendencia estableció la existencia del esquema antes referido, en el que participaron de manera reiterada ciertas personas, a través de distintas sociedades, pero con diversa frecuencia y oportunidad, en lo que la SVS ha denominado ciclos de un mismo esquema.

Las diversas actuaciones realizadas por las Sociedades Cascada permiten concluir a esta Superintendencia que su controlador, el señor Julio Ponce Lerou, no sólo ejercía una influencia significativa sobre ellas, sino que derechamente las gestionaba, para lo cual implementó una administración altamente unipersonal, replicando incluso a los miembros de la administración de sus sociedades particulares al de las Sociedades Cascada. Esta situación se verificó independientemente que, en lo formal, cada una de las Sociedades Cascada tenía su propio directorio.

En tal proceso, el señor Julio Ponce Lerou contó con la colaboración de los señores Aldo Motta Camp y Patricio Contesse Fica, gerentes generales de las Sociedades Cascada y Potasios, respectivamente, quienes se encargaron de llevar a la práctica sus directrices.

Entre los años 2008 a 2011, las Sociedades Cascada realizaron una serie de operaciones sociales, tanto de inversión como de financiamiento, que tuvieron por objeto dejar disponibles importantes paquetes de acciones para su remate en el mercado, para luego, recomprar esos títulos a precios mayores a los de su venta inicial.

Las Sociedades Cascada vendían estos títulos a sociedades identificadas como Relacionadas (controladas por Julio Ponce Lerou), Vinculadas (controladas por Roberto Guzmán Lyon) e Instrumentales (controladas por Leonidas Vial Echeverría y Alberto Le Blanc Matthaei), para luego recomprar a estas mismas sociedades paquetes de acciones, de igual o mayor número, siempre a un mayor precio. Dependiendo del año, se observa la participación de terceros, la que en todo caso no dejó de ser marginal.

Para recomprar los paquetes de acciones a las Sociedades Relacionadas, Vinculadas e Instrumentales, las Sociedades Cascada debieron asumir un sobre costo estimado de UF 7.352.300 entre 2009 y 2011 (equivalente a unos US$ 300 millones con el tipo de cambio actual).

La SVS pudo establecer que dicho sobre costo no puede ser atribuido a malas decisiones de negocios, sino que fue resultado directo de la gestión que se hizo de aquellas sociedades, gerenciadas por los señores Motta y Contesse, en las cuales se privilegió el interés particular del controlador, Julio Ponce Lerou, quien obtuvo importantes beneficios a partir de estas operaciones. Dichos retornos estaban dirigidos a sus sociedades particulares. En tanto, los sobre costos derivados del diferencial de precios por la recompra de estos paquetes de acciones fueron repartidos con los demás accionistas de las Sociedades Cascada.

En contraste al sobre costo estimado de UF 7.352.300 que asumieron las Sociedades Cascadas, la utilidad estimada por las operaciones que hicieron las Sociedades Relacionadas al señor Julio Ponce Lerou con las Sociedades Cascada entre 2009 y 2011 asciende, aproximadamente, a UF 3.125.000 (aprox. US$128 millones).

Asimismo, las ganancias estimadas de las Sociedades Vinculadas al señor Roberto Guzmán Lyon con las Sociedades Cascada, en el mismo período, fueron de UF 3.122.000 (aprox. US$128 millones). Las utilidades estimadas de las Sociedades Instrumentales del señor Leonidas Vial Echeverría fueron de UF 1.761.000 entre 2009 y 2010 (aprox. US$72,3 millones) y las utilidades estimadas de las Sociedades Instrumentales de Alberto Le Blanc Matthaei fueron de UF 91.800 en 2011 (aprox. US$3,7 millones).

El Superintendente Carlos Pavez explicó que “tras una extensa investigación, y luego de analizar en profundidad los descargos de las partes, esta Superintendencia ha llegado a la convicción de que los sancionados infringieron consistente y reiteradamente la Ley de Mercado de Valores y/o la Ley de Sociedades Anónimas, -según se detalla en la Resolución por medio de la cual se imponen las sanciones-, a través de un esquema de operaciones que beneficiaron a un grupo de accionistas en desmedro de otros”.

El Superintendente agregó que “en un mercado de capitales que cada día es más profundo, quienes participaron de este esquema dañaron los principios básicos sobre los que se funda el mercado de valores: la fe pública, la confianza, la transparencia y el buen gobierno corporativo. Por ello, esta sanción busca castigar estas infracciones conforme al marco jurídico vigente”.

II. Fundamentación de las sanciones

Tras analizar los cargos, descargos y estudiar las pruebas presentadas por los formulados de cargos en el periodo probatorio, la SVS concluye que:

(i) Existe evidencia comprobable de que durante los años 2009, 2010 y 2011 existió un esquema estructurado de operaciones de inversión y financiamiento que llevó a que las Sociedades Cascada proveyeran acciones de Oro Blanco, Calichera-A y SQM-B, a las diferentes Sociedades Relacionadas a Julio Ponce Lerou y en menor medida a Sociedades Vinculadas a Roberto Guzmán Lyon, entre otras. Todo ello, a precios bajo los de referencia de mercado y en condiciones bursátiles que impusieron barreras de acceso a un número mayor de inversionistas.

(ii) Estas sociedades Relacionadas y Vinculadas vendieron dichas acciones a precios mayores a los que las habían comprado, siendo las contrapartes de estas operaciones, mayoritariamente, las propias Sociedades Cascada.

(iii) Lo anterior, dio cuenta de la realización de prácticas que no persiguieron el interés social de las Sociedades Cascada, pudiendo incluso vislumbrarse como contrarias al mismo, afectando el correcto funcionamiento del mercado de valores, basado principalmente en la confianza del público inversor y en su transparencia.

(iv) En cuando a la participación y responsabilidad específica de las personas sancionadas, es posible concluir que el señor Julio Ponce Lerou, en su calidad de máximo accionista de las Sociedades Cascada, controló sin contrapeso el gobierno corporativo de dichas sociedades. De esta forma, impulsó una serie de acciones dentro de los directorios para aprobar determinadas operaciones (aumentos de capital, oportunidades de enajenación de acciones, compra de títulos, entre otras). Así, estructuró una serie de operaciones con el objeto de obtener beneficios económicos, extrayendo riqueza de las Sociedades Cascada, y en contra del interés social de éstas, a través de operaciones ficticias, engañosas y fraudulentas.

De esta manera, la SVS concluye que el señor Julio Ponce Lerou fue el ideólogo y promotor de un esquema de transacciones que lo benefició a él y a personas y sociedades relacionadas, en desmedro del interés social de las Sociedades Cascada.

(v) La Superintendencia también logró acreditar que Larrain Vial S.A. Corredora de Bolsa y sus ejecutivos, Manuel Bulnes Muzard y Felipe Errázuriz Amenábar, formaron parte del esquema mencionado al articular, por ejemplo, una serie de operaciones bursátiles que si bien cumplieron formalmente con las exigencias que establecen las bolsas de valores de Chile, aparentaron ciertas condiciones habilitantes para la realización de estas operaciones, desnaturalizando el sentido de las ofertas en el sistema bursátil.

(vi) La SVS pudo comprobar, asimismo, que las sociedades controladas por los señores Leonidas Vial Echeverría y Alberto Le Blanc fueron funcionales e instrumentales para el desarrollo del esquema, participando de manera reiterada, periódica y atípica respecto de otras de sus inversiones, en ciclos de transacciones de las Sociedades Cascada Calichera-A y Oro Blanco.
III. Sanciones individuales
Con estos antecedentes a la vista, esta Superintendencia resolvió sancionar a:

· Julio Ponce Lerou (presidente del directorio y controlador de Norte Grande S.A., Oro Blanco S.A., Pampa Calichera S.A., Potasios S.A., Nitratos S.A., Inversiones SQ S.A., Inversiones SQYA S.A., estas dos últimas controladoras de Norte Grande S.A.) con una multa a beneficio fiscal de UF 1.700.000. Ello, en función de las siguientes infracciones:
(i) Infracción al numeral 1 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de proponer modificaciones de estatutos y acordar emisiones de valores mobiliarios o adoptar políticas o decisiones que no tengan por fin el interés social.

(ii) Infracción al numeral 7 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de practicar actos ilegales o contrarios a los estatutos o al interés social o usar de su cargo para obtener ventajas indebidas para sí o para terceros relacionados en perjuicio del interés social.

(iii) Infracción al Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas sobre operaciones con partes relacionadas.

(iv) Infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir, a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

(v) Infracción al inciso primero del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto que es contrario a dicho cuerpo legal efectuar cotizaciones o transacciones ficticias respecto de cualquier valor.

· Aldo Motta Camp (en su calidad de gerente general de Norte Grande S.A., Oro Blanco S.A. y Pampa Calichera S.A., desde agosto de 2009 hasta la fecha, a excepción de Oro Blanco S.A., cargo al que renunció en mayo de 2013, siendo además, gerente general de Potasios S.A., hasta septiembre de 2011, y adicionalmente, fue gerente general de Inversiones SQ S.A., desde agosto de 2009 hasta mediados de 2011) con una multa a beneficio fiscal de UF 600.000. Ello, en función de las siguientes infracciones:

(i) Infracción al numeral 1 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de proponer modificaciones de estatutos y acordar emisiones de valores mobiliarios o adoptar políticas o decisiones que no tengan por fin el interés social.

(ii) Infracción al numeral 7 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de practicar actos ilegales o contrarios a los estatutos o al interés social o usar de su cargo para obtener ventajas indebidas para sí o para terceros relacionados en perjuicio del interés social.

(iii) Infracción al Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas sobre operaciones con partes relacionadas.

(iv) Infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir, a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

(v) Infracción al inciso primero del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto que es contrario a dicho cuerpo legal efectuar cotizaciones o transacciones ficticias respecto de cualquier valor.

· Patricio Contesse Fica (en su calidad de gerente general de Potasios S.A., desde septiembre de 2011), con una multa a beneficio fiscal de UF 60.000. Ello, en función de las siguientes infracciones:

(i) Infracción al numeral 1 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de proponer modificaciones de estatutos y acordar emisiones de valores mobiliarios o adoptar políticas o decisiones que no tengan por fin el interés social.

(ii) Infracción del numeral 7 del artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece la prohibición de practicar actos ilegales o contrarios a los estatutos o al interés social o usar de su cargo para obtener ventajas indebidas para sí o para terceros relacionados en perjuicio del interés social.

(iii) Infracción al Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas, que dice relación con operaciones entre partes relacionadas.

· Roberto Guzmán Lyon (en su calidad de asesor cercano del señor Julio Ponce Lerou y quien tuvo participaciones relevantes en diversas operaciones, a través de diferentes sociedades que se enmarcaban en el esquema investigado por la SVS) con un multa a beneficio fiscal de UF 550.000. Ello, en función de las siguientes infracciones:

(i) Infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de efectuar transacciones o inducir, o intentar inducir a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

(ii) Infracción al inciso primero del artículo 52 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto establece que es contrario a la ley efectuar transacciones en valores con el objeto de estabilizar, fijar o hacer variar artificialmente los precios.

· Larrain Vial S.A. Corredora de Bolsa (en su calidad de intermediario de valores) una multa a beneficio fiscal de UF 200.000. Ello, en función de las siguientes infracciones:

(i) Infracción al inciso primero del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto previene que es contrario a la presente ley efectuar cotizaciones o transacciones ficticias respecto de cualquier valor, ya sea que las transacciones se lleven a cabo en el mercado de valores o a través de negociaciones privadas.

(ii) Infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto previene que ninguna persona podrá efectuar transacciones o inducir o intentar inducir a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

(iii) Infracción a los artículos 66 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Santiago y 64 del Reglamento de la Bolsa Electrónica de Chile, en cuanto ambos previenen que constituye infracción grave la realización de transacciones ficticias respecto de cualquier valor, la participación en transacciones simuladas y la realización de cualquier maniobra tendiente a alterar artificialmente las cotizaciones de bolsa.

· Manuel Bulnes Muzard, (en su calidad de gerente general de Larrain Vial S.A., Corredora de Bolsa) una multa a beneficio fiscal de UF 200.000. Ello, en función de las siguientes infracciones:

(i) Infracción al inciso primero del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto previene que es contrario a la presente ley efectuar cotizaciones o transacciones ficticias respecto de cualquier valor, ya sea que las transacciones se lleven a cabo en el mercado de valores o a través de negociaciones privadas.

(ii) Infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto previene que ninguna persona podrá efectuar transacciones o inducir o intentar inducir a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

(iii) Infracción a los artículos 66 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Santiago y 64 del Reglamento de la Bolsa Electrónica de Chile, en cuanto ambos previenen que constituye infracción grave la realización de transacciones ficticias respecto de cualquier valor, la participación en transacciones simuladas y la realización de cualquier maniobra tendiente a alterar artificialmente las cotizaciones de bolsa.

· Felipe Errázuriz Amenábar (en su calidad de gerente de distribución institucional de Larrain Vial S.A., Corredora de Bolsa) una multa a beneficio fiscal de UF 100.000. Ello, en función de las siguientes infracciones:

(i) Infracción al inciso primero del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto previene que es contrario a la presente ley efectuar cotizaciones o transacciones ficticias respecto de cualquier valor, ya sea que las transacciones se lleven a cabo en el mercado de valores o a través de negociaciones privadas.

(ii) Infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto previene que ninguna persona podrá efectuar transacciones o inducir o intentar inducir a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

(iii) Infracción a los artículos 66 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Santiago y 64 del Reglamento de la Bolsa Electrónica de Chile, en cuanto ambos previenen que constituye infracción grave la realización de transacciones ficticias respecto de cualquier valor, la participación en transacciones simuladas y la realización de cualquier maniobra tendiente a alterar artificialmente las cotizaciones de bolsa.

· Leonidas Vial Echeverría (en su calidad de controlador de Inversiones Saint Thomas Ltda. y Agrícola e Inversiones La Viña) una multa a beneficio fiscal de UF 500.000. Ello, en función de la siguiente infracción:

(i) Infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto previene que ninguna persona podrá efectuar transacciones o inducir o intentar inducir a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

· Alberto Le Blanc Matthaei (en su calidad de controlador y administrador de Inversiones Transcorp Ltda. e Inversiones La Palma Ltda) una multa a beneficio fiscal de UF 100.000. Ello, en función de la siguiente infracción:

(i) Infracción al inciso segundo del artículo 53 de la Ley de Mercado de Valores, en cuanto previene que ninguna persona podrá efectuar transacciones o inducir o intentar inducir a la compra o venta de valores, regidos o no por esta ley, por medio de cualquier acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso o fraudulento.

Cabe señalar que todas las actuaciones y operaciones analizadas en el procedimiento administrativo y que forman parte del esquema, constituyen infracciones que ameritarían una sanción de multa. Sin embargo, la SVS ha atendido que algunas de las infracciones imputadas tienen una antigüedad de más de cuatro años. Por ello, conforme al artículo 33 del DL 3.538, se ha visto impedida de extender su facultad sancionatoria más allá del plazo antes mencionado.

Asimismo, el monto de las multas cursadas fue fijado en virtud de lo establecido en los artículos 27, 28 y 29 de la Ley Orgánica de la SVS. Éstas deberán ser canceladas en la Tesorería General de la República, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la citada ley, dentro del plazo de diez días desde que se realizó la notificación legal.

Sin perjuicio de lo anterior, los sancionados podrán presentar ante la Superintendencia un recurso de reposición administrativa dentro de un plazo de cinco días hábiles desde su notificación. De igual forma, podrán presentar un recurso de reclamación de multa o de su monto ante el juzgado civil correspondiente, dentro de los diez días hábiles desde la fecha de su notificación.

Respecto del resto de los formulados de cargos en enero del presente año, por su participación en ciertas operaciones en acciones SQM-A y SQM-B, la SVS informa que mantiene el procedimiento administrativo que lleva adelante.

 

 

 

 

La mirada de Enrique Correa sobre la clase media y la confianza que no pudo ganar Piñera

  • “Pienso que esta discusión por el modelo económico, tiene mucho de ociosa. Porque en estos casi 25 años de democracia, hemos ido evolucionando desde una economía ultra liberal a un cierto sentido común social demócrata”.
  • Desde la perspectiva de este analista, detrás del reclamo de igualdad, subyace un reclamo más profundo que es la igualdad en la calidad de los servicios.

“Si quieres la paz, busca los cambios. Si quieres los cambios, busca los acuerdos”, concluyó su exposición Enrique Correa, presidente de Imaginacción y ex secretario general de Gobierno en la administración de Patricio Aylwin, ante una audiencia de empresarios y profesionales convocados por ESE Day, en la Universidad de Los Andes. En la sede de una de las principales universidades privadas del país que es financiada por los mayores grupos empresariales y muy ligada al movimiento Opus Dei, hizo una presentación que no tuvo tapujos en decir ciertas cosas por su nombre. “Las empresas son un punto clave de un país moderno y democrático, forman parte del metabolismo, es decir, del funcionamiento esencial de un país. Sin embargo, siendo tan esencial para la vida de la gente, no está sola. Comparte roles con el Estado y la sociedad. Todavía más, la diferencia hoy por hoy entre los que les va bien y los que les va mal, está en la adecuada lectura de ese entorno”. Agregó que los países desarrollados tienen Estados fuertes, economías dinámicas y sociedades muy activas. “La estabilidad está dada por el modo en que se combinan los tres actores: economía, política y sociedad”. “Pienso que esta discusión por el modelo económico, tiene mucho de ociosa. Porque en estos casi 25 años de democracia, hemos ido evolucionando desde una economía ultra liberal a un cierto sentido común socialdemócrata. Es tan fuerte este cierto sentido común socialdemócrata que trasciende los gobiernos. Hemos tenido alternancia en el poder y todos los gobiernos han gobernado bajo esta inclinación , alejados de los modelos más ultraliberales”. Afirmó que ha dejado de ser cierta la afirmación tan básica de los ochenta, que para que el mercado crezca se requiere que el Estado disminuya. Otra cosa es que el Estado deba modernizarse y la empresa reformarse para adaptarse a una sociedad más cambiante.

Una sociedad más exigente

“La empresa y el Estado están enfrentados con dureza a una sociedad más compleja, están desafiados por esa sociedad y sometidos a sospechas y escrutinio”, agregó Correa. Y se atrevió a levantar la tesis de que la reforma más estructural ha sido la apertura económica. “La globalización no es un menú a la carta. Es un camino de ida y vuelta. No sólo se globalizan los mercados, sino también la política, los derechos humanos y las costumbres. La apertura trajo crecimiento, pero también ideas más seculares y liberales: derechos de las minorías sexuales, de las etnias, ambientales…” “Las libertadas se atraen, decía Giorgio Napolitano. El que quiera libertad económica debe querer cada vez más libertad política. Los que quieren libertad económica y política deben aceptar más libertades culturales y una convivencia de distintos conceptos del bien. Que todos vivan con arreglo a sus propias opciones y con arreglo a sus propias jerarquías y valores”.

 Una clase media que se hizo a sí misma

La sociedad chilena ha vivido en este país las transformaciones más grandes de su historia.”De una sociedad de pobres, Chile se ha ido transformando en una sociedad de clase media de bajos ingresos. Ese es el fruto de nuestro éxito de años de crecimiento”, dijo Correa y agregó:”La clase media siente con razón que lo logrado se lo debe a sí misma, no al Estado. Por eso, siente profundamente su dignidad y siente que su demonio es el abuso. Busca la igualdad. No es la consigna que se le ocurrió a un político mal orientado, está en la esencia de la sociedad”. “El movimiento estudiantil no habría conseguido sobrevivir sin la clase media. Botó a Sebastián Piñera y fue determinante en el triunfo de Bachelet”, argumentó el ex ministro de Gobierno. Sin embargo, desde su concepción, detrás del reclamo de igualdad, subyace un reclamo más profundo que es la igualdad en la calidad de los servicios. “Es una pugna muy fuerte por bienes públicos en servicios públicos de calidad. Esto afecta tanto al Estado como a la empresa privada”, sentenció. Sin embargo, puntualizó que “hay que evitar lecturas equivocadas, es una sociedad socialmente exigente, pero políticamente moderada. Apoya los cambios, pero no quiere conflictos”. Esta nueva clase media que ha sido incorporada por el mercado, conforma el “grupo de los primera vez”: “la primera casa propia, el primer hijo en educación superior, el primer vuelo en avión, el primer auto, la primera visita a salud privada…No es el grupo más poderoso, pero es el mayor productor de sentido común. De aquí provienen los mayores cambios a las empresas y al Estado”. Hay otro cambio importante respecto de los ochenta: la ciudadanía ha adquirido una mayor libertad. “Ya no cree que tiene que estar sólo a un lado de la vereda, puede cambiarse de vereda y en este contexto, adquieren más valor los sentimientos. Los sentimientos son un elemento clave para entender la sociedad: confianza, credibilidad y afecto. Esos son los tonos musicales que predominan en la sociedad”.

Los puntos sobre las íes a Piñera

“Comprendo bien el derecho y la obligación del presidente Piñera de defender su obra. Pero el ex presidente y el ex ministro de Hacienda, recibieron un país con un gran impulso hacia la modernidad”, que venía saliendo de enfrentar la mayor crisis financiera de los últimos tiempos. No contento son eso, Correa advirtió: “Tengo mis dudas de decir lo que tengo que decir, pero lo voy a decir: ¿por qué con tan buenos números, el resultado político fue el que fue? Creo que hubo una crisis de confianza”. Dejando claro que el gran problema de Sebastián Piñera fue que no logró ganarse la confianza de la sociedad, cosa que sí logró Michelle Bachelet. Por último, indico que el acuerdo tributario es una buena noticia. “No tengo por qué no pensar que lo mismo vamos a hacer en educación. Esa demanda incluye niveles altos de gratuidad. No veo por qué razón del mismo modo que partimos tan mal en la tributaria, no lo vamos a lograr en educación. Si quieres la paz, busca los cambios. Si quieres los cambios, busca los acuerdos”, concluyó.

El financista desatado que cada vez que logró acumular una fortuna, la perdió

  • John Plender escribió el obituario de Charles Gordon para el Financial Times. Gordon era un soñador con buenas ideas, pero escaso talento para manejar la fortuna ajena y la propia.

En sus días de auge, Charles Gordon fue el más creativo capitalista de inversiones de riesgo en la City de Londres. Respaldó negocios tan diversos como National Car Parks, Carmen Curlers y las operaciones europeas de la cadena de hamburguesas Wimpy. El se casó con una célebre bailarina de ballet y se contaba entre los amigos de la Princesa Margarita.

Gordon hizo y perdió muchas fortunas y murió sin un penique a los 87 años, dependiendo de su familia y otros benefactores.

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Cuando el crimen deja de pagar, mirado desde una perspectiva económica

  • Tim Hartford es el autor de un nuevo libro que se llama “The undecover economist strikes back” y escribió una columna de opinión en Financial Times a raíz de las protestas en Londres en 2011 que se produjeron esta semana, pero hace tres años.
  • El movimiento surgió de manera repentina y se propagó rápidamente por la capital y otras ciudades inglesas en un momento en que la sociedad británica parecía desintegrarse, aunque improbable, al menos sí era concebible, dice Hartford en su nota.
  • Aunque señala que hay formas más humanas de detener la violencia, su conclusión es que si se suben los costos de cometer un crimen, los criminales responderán.

Publicado por Financial Times, sábado 2 de agosto de 2014.

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