Reforma Tributaria: El cheque en blanco de los parlamentarios

  • Diecisiete asociaciones gremiales presentan sus argumentos ante la Comisión de Hacienda en poco menos de 4 horas, es decir, cada una tendrá 10 minutos para realizar su exposición. Y éste es sólo el comienzo de cinco días diseñados para oír a todos y escuchar muy poco.
  • Si los privados optan por el escándalo, tendrán las puertas cerradas y serán desautorizados. Lo que no está todavía claro es el espacio que el gobierno dará para los argumentos que considere válidos. ¿Serán los 10 minutos ante los legisladores? ¿O la cartera de Hacienda estará abierta a abrir otros  canales de participación?

Publicado por El Mostrador Mercados, lunes 7 de abril de 2014.

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Fondos de Inversión Privados pierden su sex appeal con la Reforma Tributaria

  • Los FIP deberán pagar un impuesto de retención de 35% con lo que se les termina gran parte de su atractivo como vehículo inversor. En tanto que el proyecto  introduce cambios a la Ley Unica de Fondos que se acaba de promulgar en enero.

Nada de prometedor es el futuro de los Fondos de Inversión Privado (FIPs) de aprobarse la Reforma Tributaria, pues el proyecto los obliga a pagar anualmente el impuesto de retención de 35% sobre las rentas propias. Hasta ahora estos instrumentos son prácticamente los únicos que están libres de pagar el Impuesto de Primera Categoría.

A junio del año pasado, los organismos oficiales daban cuenta de 835 fondos de inversión privados, con inversiones por US$14.500 millones. De esta forma, el sector volvió a sobrepasar la barrera de los 800 fondos, luego que a fines de 2011 gran parte de las carteras inmobiliarias -creadas bajo esta figura- entraran en liquidación y disolución, cerrando ese período con 784 FIP con US$ 11.844 millones en activos, señalaba una nota del diario La Segunda.

Los FIPs se crearon hacia el 2000 con el fin de fomentar la inversión en el marco de la reforma al Mercado de Capitales I (MKI), pues permiten reunir a inversionistas de distinto tipo tras el objeto de aportar dinero a un emprendimiento privado. Aunque su uso se distorsionó con el tiempo.

Más de una vez ocurrió que cuando alguien tenía la intención de vender una empresa, constituía un FIP al que aportaba la participación en la compañía y cuando la vendía, la ganancia sobre la venta de los derechos no pagaba Impuesto de Primera Categoría.

También se han formado estos fondos para acudir a aumentos de capital en una sociedad cerrada y así participar en ella, apostando a una plusvalía futura. Cuando vendan su participación en la empresa, ese dinero vuelve al fondo y no está afecto a Impuesto de Primera Categoría. ¿Cuándo lo está? Cuando los aportantes registren una ganancia, ya sea porque liquidaron cuotas del fondo, recibieron dividendos o se puso término al FIP. Es decir, mientras la inversión y lo que se gane por ella, se mantenga dentro del fondo, está libre de impuestos. Cuando la ganancia es retirada por una persona natural, se paga el global complementario. Cuando la utilidad es rescatada por una sociedad, ésta se almacena en  el Fondo de Utilidades Tributarias (FUT) sin derecho a crédito.

Eso siempre y cuando no se apruebe la Reforma Tributaria, pues ahora sí están afectas a un impuesto de retención de 35% de respecto a sus rentas propias, señala Juan Pablo Cabello, abogado de Cabello, Letonja & Cía. Esta modificación se inscribe dentro de la premisa que toda ganancia de capital debe pagar impuesto a la renta, como lo señala el mensaje presidencial con el que se acompañó el proyecto de ley cuando ingresó a la Cámara Baja para su tramitación este martes.

Apenas duró tres meses

Tanto para Cabello como para Gonzalo Polanco, director ejecutivo del Centro de Estudios Tributarios de la Universidad de Chile, la tasa del Impuesto de Primera Categoría es de 35%, pues las empresas tendrán que pagar un 25% y retener un 10% atribuido a los socios.

“El único caso en que la empresa no se verá obligada a retener el 10% se da cuando se trata de una sociedad anónima cerrada o limitada, cuyos socios sean personas naturales chilenas”, indica Cabello.

Como las empresas retienen el 10%, si los accionistas personas naturales tienen un tramo más bajo que el 35% en su global complementario o adicional, podrán pedir devolución porque constituye un crédito.

Respecto a los impuestos que deben pagar las acciones con presencia bursátil se mantiene el concepto de que el mayor valor obtenido en la enajenación de éstas no constituirán renta para, premisa que está contenido en el artículo 107, señala Polanco. Sin embargo, no corren la misma suerte los fondos de inversión y los fondos mutuos, que fueron eliminados de este articulado.

La industria de fondos de inversión y de fondos mutuos mueven más de US$50.000 millones, según cifras de Acafi, donde menos del 0,5% corresponden a inversionistas extranjeros. Por eso, José Manuel Silva de Larraín Vial señaló hoy a Radio Duna que el proyecto era un exocet para la industria.

Sin mayores miramientos, el proyecto modifica con el artículo 11, los artículos 81, 82 y 86 de la ley 20.712 que fue publicada hace tres meses, el 7 de enero de este año, sobre “Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales” o “Ley Unica de Fondos” (LUF). Esta iniciativa fue largamente discutida en el Parlamento, siendo uno de sus principales impulsores el socio de Moneda, Fernando Tisné, desde la presidencia de la ACAFI.

El gobierno de Bachelet quiere que el Congreso apruebe ahora que los fondos de inversión, fondos mutuos y sus administradoras estarán sujetos al régimen tributario establecido para las sociedades anónimas a partir del 1 de enero de  2017.  Si bien los fondos de inversión y fondos mutuos no serán considerados contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría –el fondo es un patrimonio y no un contribuyente-,  las utilidades que se generen deberá atribuírselas a los aportantes y, por ende, retener el 10% de las mismas, concluye Cabello.

 

 

 

La Reforma Tributaria afecta al mercado de capitales en puntos claves

  • Los dueños de las empresas chilenas en el exterior tendrán que pagar impuestos por las utilidades que las compañías generen en el año, independientemente si las retiran o no.
  • Los bonos emitidos en el extranjero por empresas chilenas están sujetos al pago de impuestos, cosa que en la actualidad no sucede.
  • Los fondos mutuos y fondos de inversión públicos también se ven afectados al ajustarlos al sistema de base devengada

Publicado por El Mostrador Mercados, miércoles 2 de abril de 2014

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Alberto Arenas enuncia los principales cambios de una Reforma Tributaria que el mercado aún no digiere

  • Ministro de Hacienda afirmó tajantemente que la decisión de inversión de las grandes empresas no se ven afectadas por cambios en el Impuesto de Primera Categoría. Basó su argumentación en un estudio realizado por el ex ministro Felipe Larraín y Rodrigo Cerda en 2005.
  • Apuntó que las Grandes Empresas son responsables del 74% de la inversión y es en los “dueños de las grandes empresas donde se concentra esta reforma y se protege a las micro y pequeñas empresas”, dándoles más liquidez, otorgándoles una alternativa distinta de pago a los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) y la posibilidad de depreciación acelerada e instantánea.

Publicado por El Mostrador Mercados, miércoles 2 de abril de 2014

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Alberto Arenas: Un ministro de Hacienda que piensa como director de Presupuestos

  • Diecisiete años en el ministerio de Hacienda, específicamente en diversos cargos al interior de la Dirección de Presupuestos, marcan una lógica y una forma de actuar que se refleja en la manera en que Alberto Arenas cumple el Programa de Gobierno y lleva a cabo la Reforma Tributaria.
  • Las medidas económicas se discutieron durante la campaña, se votaron en la elección presidencial y ahora se ejecutan.

Publicado por El Mostrador Mercados, lunes 31 de marzo de 2014 Seguir leyendo → “Alberto Arenas: Un ministro de Hacienda que piensa como director de Presupuestos”

La Reforma Tributaria: el secreto mejor guardado de Arenas

  •  El nuevo ministro de Hacienda es más político que sus antecesores y así lo ha reflejado en la forma en que tomó posesión de su cartera.
  • Al tiempo que anuncia el envío del proyecto ley de reforma tributaria, seduce al sector privado con la idea de acabar con cuatro cuellos de botella: energía, productividad, innovación y competitividad.

Alberto Arenas, el nuevo ministro de Hacienda, está consciente de que no tiene tiempo. Dice que trabaja “24×7” en el proyecto de ley de Reforma Tributaria que se anuncia el 31 de marzo y desde el primer día en que asumió dio señales de su estilo reservado.

Publicado por T13.cl, jueves 27 de marzo de 2014

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Banco Estado: la búsqueda de la cuadratura del círculo

  •  El cuadro se ha ido complicando a lo largo de los años porque no sólo es una institución que pertenece al Gobierno y que cuenta con el respaldo de la República de Chile, sino que debe llegar a los segmentos de más bajos ingresos, ser rentable y transferir cerca de US$ 214 millones anuales al Fisco.

Quienes están a cargo del BancoEstado viven en continuo dilema: el ser medido como si fuera una sociedad anónima, pero con un rol social que cumplir. Esa problemática es la que deberá sortear una vez más el nuevo comité ejecutivo de la entidad formado por Rodrigo Valdés como presidente; Guillermo Larraín, como vicepresidente; y Jessica López en la gerencia general.

Publicado por El Mostrador Mercados, miércoles 26 de marzo de 2014

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