- Los registros oficiales no diferencian entre espionaje de empresas y de personas naturales.
- La forma más común es la grabación no autorizada de conversaciones o la captación de imágenes que luego se difunden. Le sigue luego el robo informático.
- El espionaje de fábrica casi no existe.
- Ver los gráficos de cómo espían los chilenos
Lo que más denuncian los chilenos es que sus conversaciones han sido grabadas y luego, reproducidas sin autorización, por alguien que estuvo presente en el encuentro o no. La difusión de imágenes no consentidas o la captación de conversaciones en lugares privados también caben dentro de lo que la ley penal en su artículo 161 A y B tipifica como delitos contra la vida y privacidad de conversaciones.
Eso es lo que arrojan los registros de la Fiscalía Nacional que señala que entre 2015 y 2016 ingresaron 478 de este tipo de casos, de un total de 1.037 que podrían catalogarse como delitos de espionaje. Estadística que no diferencia entre denuncias realizadas por empresas o personas naturales.
El espionaje informático le sigue de cerca con 457 denuncias ingresadas. Se entiende por este concepto, la interceptación, interferencia o el acceso indebido a sistemas informáticos con el objeto de conocer o apoderarse de información que allí se guarda. Por ejemplo, cuando se consiguen las claves de los titulares o usuarios de cuentas corrientes o “el empleo de programas o algoritmos diseñados para descifrar las contraseñas que permiten tener acceso al programa respectivo”, explica Andrés Salazar, abogado jefe de delitos económicos y medioambientales de la Fiscalía Nacional.
Hace una semana, la Asociación de Exportadores de Fruta de Chile (Asoex) presentó una querella por presunto delito informático el 2 de junio. En el escrito, el gremio indicó que:
“En enero de 2016 se inició una investigación interna con la finalidad de establecer el apoderamiento y difusión de información interna de Asoex. Lo anterior, debido a la recopilación de ciertos antecedentes que permiten presumir la participación de un funcionario de la Compañía Fresh del Monte (de productos agrícolas), que estaría lucrando con el traspaso de información sensible de las compañías que integran la entidad”, según publicó La Tercera.
Menos frecuente que los dos casos anteriores es la interceptación de cualquier tipo de señal transmitida por un servicio de telecomunicaciones o la interrupción de un servicio, lo que se define como infracción de la Ley General de Telecomunicaciones. Entre 2015 y 2016 se registran sólo 90 casos.
En el caso de los micrófonos encontrados en la Sofofa y en la oficina de Juan José Llugany en Carozzi que se conoció a fines de mayo, la fiscalía investigaba si los hechos podían ser descritos como delito informático e infracciones a la ley de telecomunicaciones y al artículo 161 relativo a captación o intervención de comunicaciones privadas.
Lo que no tiene prácticamente ninguna relevancia estadística es la violación de secretos de fábrica, es decir, el robo de información a una empresa lo que puede afectar su competitividad. Este tipo de denuncias apenas suman 12 casos entre 2015 y 2016 y sólo se castiga a quien haya trabajado o trabaje en la empresa afectada por la revelación de sus secretos.